Cónyuges en el Exterior
- 1.- ¿Si resido en el extranjero, tengo que viajar a Chile para tramitar mi divorcio? (lo mismo vale si ambos residen.)
- 2.- ¿En qué consiste el trámite que tengo que hacer en el consulado chileno?
- 3.- ¿Si mi cónyuge vive fuera del país, que debo hacer para tramitar mi divorcio?
- 4.- ¿Si estoy en forma ilegal en otro país, es un obstáculo para la tramitación de mi divorcio?
- 5.- ¿Si me he vuelto a casar en el extranjero, sin divorciarme en Chile, he cometido bigamia?
- 6.- ¿Si contrato sus servicios, Ustedes pueden obtener los documentos que necesito?
- 7.- ¿Cómo les pago los honorarios desde el extranjero?
- 8.- ¿Puedo pagar los honorarios en cuotas?
- 9.- ¿Porqué cobran un adicional de $50.000 pesos por cada cónyuge que se encuentre fuera del país?
- 10.- ¿Si estoy casado en Sociedad Conyugal y deseo comprar bienes en Chile, tengo que esperar hasta que se decrete el divorcio para ello?
Tiene que esperar que se decrete el divorcio para que termine la sociedad conyugal. Ahora bien, se puede tramitar, de forma paralela al divorcio, una separación de bienes (acordada) la cual tarda en total entre 15 y 20 días, tras lo cual ambos cónyuges quedan separados de bienes, de modo que los bienes que adquieran de allí en adelante ingresan a su propio patrimonio (no se comparte). Para esto le incluimos una cláusula al poder consular.